La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Albacete, ha decretado medidas especiales en materia de Salud Pública de nivel 2 para la contención de la expansión de la Covid-19 en el municipio de Albacete.
Sanidad decreta medidas especiales nivel 2 en la ciudad de Albacete
Durante
la semana epidemiológica número 42 (del 12 al 18 de octubre de 2020), en el
municipio de Albacete se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de
Castilla-La Mancha un total de 266 casos de Covid-19, lo que supone una tasa de
incidencia semanal de 153,5 casos por 100.000 habitantes.
Durante
la semana epidemiológica número 43 (del 19 al 25 de octubre de 2020) han sido
332 los casos de Covid-19 declarados en Albacete, lo que supone una tasa de
incidencia semanal de 191,5 casos por 100.000 habitantes.
Así
pues, entre las semanas epidemiológicas 42 y 43 se han declarado en el
municipio de Albacete un total de 598 casos, lo que supone una tasa de
incidencia acumulada en los últimos 14 días de 345 casos por 100.000
habitantes.
Atendiendo
a la edad, entre ambas semanas epidemiológicas, se han declarado en el municipo
de Albacete un total de 81 casos de Covid-19 en personas con 65 años o más años,
lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días, en este
rango de edad, de 284,6 casos por 100.000 habitantes mayores de 64 años.
La tasa
de incidencia acumulada en la semana 43 (próxima a los 200 casos por 100.000
habitantes), la tasa de incidencia en los últimos 14 días (próximas a los 350
casos por 100.000 habitantes), el elevado número de casos registrados en los
últimos 14 días (598 casos) y la elevada incidencia en personas de 65 y más
años de edad, con una tendencia ascendente muy acusada, se sitúan claramente
por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha.
Estos
datos indican que el municipio de Albacete se encuentra en un escenario de
riesgo de transmisión comunitaria lo que exige la adopción de medidas de Nivel
2 complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de
Sanidad en todo el territorio regional.
Asimismo,
se recomienda mantener una estrecha vigilancia en la evolución de los
indicadores ante la posibilidad de que la incidencia en la semana 44 mantuviera
la tendencia ascendente observada en las semanas 43-42 y fuera necesario
adoptar medidas Nivel 3.
Medidas Nivel 2
En base a la resolución, se procede al cierre de hogares de jubilados y
centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
Asimismo, a la supresión del servicio de barra en todos los bares y
restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta
actividad se reducirá al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido
previamente.
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 por ciento
del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el
resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de
seguridad y agrupación.
Se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de
Día y a la supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas
Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas
consideradas vulnerables.
La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará
a lo estrictamente necesario.
No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor
(asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre
extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su
vuelta.
Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el
residente durante 14 días.
A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las
residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso
previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios
cerrados mediante la fijación del 40 por ciento del aforo. La permanencia de
personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberá garantizar la
distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico
sanitaria sobre prevención y contención del Covid-19, no debiendo superar el
número máximo de 100 personas. (Esta medida será de aplicación a partir de las
00.00 horas del día 30 de octubre).
Restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres
(máximo 10) y Restricción del número de personas en eventos sociales tales como
bodas y bautizos (máximo 25).
Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u
otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén
reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
Suspensión de la actividad de las escuelas deportivas, municipales o de
otra titularidad.
Suspensión de competiciones deportivas no federadas. Las competiciones
de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público y conforme a
los protocolos en vigencia en cada caso.
Cines, teatros y auditorios limitarán su aforo máximo al 30 por ciento.
Bibliotecas y Museos limitarán su aforo máximo al 30 por ciento.
Cursos, congresos y seminarios tendrán un aforo máximo de 30 personas,
respetando en todo momento la ocupación máxima del recinto a un máximo del 50
por ciento del aforo máximo permitido.
Los hoteles sólo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad. El
uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento.
Cierre de las Piscinas Municipales y otras instalaciones recreativas de
este tipo de uso público independientemente de su titularidad.
En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo
será del 30 por ciento en espacios interiores y del 60 por ciento en
exteriores.
Disminución de aforos en mercadillos y mercados al aire libre a 1/3 de
lo previamente establecido.
Cierre cautelar de parques y jardines en el horario comprendido entre
las 22:00 y las 8:00 horas.
En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las
medidas higiénicosanitarias, limitando el número de personas en cada momento de
acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de
1,5 metros dentro del establecimiento.
Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la
entrada del establecimiento.
Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por
ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño
comercio.
Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales
fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten
a un máximo de 6 personas incluyendo convivientes.