La jueza advierte que “es innegable que el Estado Español no ha traspuesto la directiva antes del plazo correspondiente”. CSIF promoverá en Castilla-La Mancha reclamaciones similares para garantizar el disfrute de este derecho reconocido por Bruselas y que el Gobierno se niega a trasponer.
CSIF logra la primera sentencia en España que reconoce el permiso parental retribuido de 8 semanas
El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Barcelona ha dictado una sentencia pionera en España por la que se reconoce el derecho a un trabajador a disfrutar el permiso parental de 8 semanas retribuido, tal y como establece la Directiva de la Unión Europea 2019/1158, pendiente de trasponer de manera íntegra por parte del Estado Español.
La sentencia afecta a un empleado público del Ayuntamiento de
Barcelona, defendido por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios
(CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con
presencia creciente en el sector privado.
El demandante solicitó un permiso parental retribuido para el
cuidado de un hijo menor de 8 años y lo disfrutó entre octubre y diciembre de
2023. Inicialmente, el Ayuntamiento consideró el permiso como retribuido, pero
posteriormente cambió su postura y lo declaró como no retribuido, dando lugar a
la reclamación judicial.
La jueza encargada del caso destaca el carácter vinculante de la normativa europea relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional. Según dice, las disposiciones de la normativa “son incondicionales, suficientemente claras y precisas y atribuyen derechos a los particulares. Además, es innegable que el Estado Español no ha traspuesto la directiva antes del plazo correspondiente”.
TRASPOSICIÓN INCOMPLETA Y EXPEDIENTE A ESPAÑA
El 27 de junio de 2023, el Gobierno aprobó un decreto sobre esta
cuestión que evita de manera expresa el desarrollo de esta prestación con
carácter retribuido. CSIF se dirigió al Ejecutivo para que dictara las
instrucciones oportunas sobre la obligatoriedad de esta retribución tanto en
las administraciones públicas como en el sector privado.
Además, tras la denuncia de CSIF, la Comisión Europea expedientó a
España por incumplir la citada directiva.
Por este motivo, CSIF celebra esta sentencia pionera, aunque sea
en primera instancia, y promoverá reclamaciones similares en otros ámbitos de
las administraciones públicas, entre ellas las de Castilla-La Mancha, para que
la justicia cree jurisprudencia sobre esta cuestión.
En todo caso, entendemos que el Gobierno debe adoptar sin más
demora la directiva con carácter retributivo. No se entiende que un Gobierno
que ha venido abanderando públicamente el reconocimiento de los derechos para
las personas trabajadoras en materia de conciliación, restrinja el disfrute del
permiso parental.