Naciones Unidas condena al Estado español por vulnerar el acceso a la Justicia a una persona con discapacidad intelectual condenada a 25 años de prisión

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Plena inclusión España, que es la organización que trasladó la denuncia al Comité en nombre de la persona condenada, documentó con el apoyo de Plena inclusión Castilla-La Mancha, que ni la policía al detenerle, ni el juzgado al prestar declaración, detectó que el acusado era una persona con discapacidad intelectual, pero cuando se acreditó ante el juzgado, tampoco se tomó ninguna medida ni se tuvo en cuenta de ninguna forma. El Comité sobre Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU reconoce que “no se garantizó al acusado su derecho a la defensa y a un juicio justo”.

 El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad acaba de emitir un dictamen en el que expresa su condena al Estado español por vulnerar el igual acceso a la Justicia de las personas con discapacidad intelectual. Lo ha hecho, a petición de Plena inclusión España, que lo ha denunciado en nombre de una persona condenada en 2015 a 25 años y que continúa en prisión.

La denuncia se basaba en el caso de una persona con una discapacidad intelectual del 73%, previamente reconocida, a la que se juzgó por un delito cometido en 2013, sin que en ningún momento se le facilitaran los ajustes de procedimiento necesarios para garantizar su derecho de defensa y a un juicio justo. De acuerdo con los hechos contrastados, ni la policía al detenerle ni el juzgado al prestar declaración detectaron que el presunto acusado era una persona con discapacidad intelectual. Y cuando se acreditó ante el juzgado, tampoco se tomó ninguna medida ni se tuvo en cuenta de ninguna forma, a pesar de ser alertados de esta necesidad por la Federación Plena inclusión Castilla-La Mancha, entidad que presta apoyo a la persona durante el cumplimiento de su condena.

El Comité de la ONU, en su dictamen emitido ayer, considera que “tanto los jueces como la fiscalía deberían haber actuado de oficio y con la debida diligencia en cuanto se percataron de la discapacidad del autor”. En este miso documento, Naciones Unidas recuerda al Estado español que “debe proporcionar a la persona con discapacidad una compensación por los daños provocados y por los gastos judiciales en que haya incurrido para presentar esta comunicación. El Estado también tiene la obligación de ofrecerle un juicio con todas las garantías, asegurando que el acusado disponga de los ajustes procedimentales y apoyos necesarios conforme a la presente decisión y a la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad” refrendada por España en 2007.

Inés de Araoz, que es la coordinadora del Área Jurídica de Plena inclusión España, considera “especialmente acertada” la recomendación de la ONU para demandar al Estado: “legislación y políticas para eliminar las barreras que experimentan las personas con discapacidad intelectual en el acceso a la justicia la participación de las personas con discapacidad en todos los procedimientos judiciales, en igualdad de condiciones”. En este sentido, Plena inclusión lleva años defendiendo que se extienda y dote con los fondos necesarios a la figura del facilitador judicial.

La denuncia presentada por Plena inclusión España al Comité sobre Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU en 2019 fue elaborada de forma conjunta con alumnado de la Clínica Jurídica de Derechos Humanos Javier Romañach, del Instituto de Derechos Humanos Gregorio Peces-Barba de la Universidad Carlos III de Madrid de la cual fue tutora Patricia Cuenca.