La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ-CLM recuerda que hace apenas un mes ya condenó al Gobierno de CLM “en un caso idéntico”. La consejería de Desarrollo Sostenible impuso unos servicios mínimos del 100% sin motivar ni acreditar en modo alguno una decisión con la que “dejó por completo vacío de contenido el derecho de huelga y la capacidad de presión que pudiera ejercer”.
El TSJ-CLM vuelve a condenar a la JCCM a indemnizar a CCOO y a pagar las costas judiciales por vulnerar el derecho fundamental de Huelga en Geacam
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha condenado una vez más a la Consejería de Desarrollo Sostenible por vulnerar el Derecho Fundamental de Huelga en la empresa pública Geacam e impone a la JCCM el pago de las costas judiciales y el abono de una indemnización a la Federación de Industria de CCOO CLM.
La Sala de lo
Contencioso-Administrativo del TSJ-CLM ha atendido el recurso del sindicato
contra la Resolución mediante la que Desarrollo Sostenible estableció los
servicios mínimos a prestar por la plantilla de Geacam durante las dos jornadas
de huelga convocada por CCOO los días 6 y 7 de agosto de 2021.
La sentencia reproduce
esencialmente la emitida hace poco más de un mes por la misma Sala respecto a
los servicios mínimos impuestos por la Administración ante los paros parciales
convocados por CCOO los días 23, 24, 30 y 31 de julio de 2021. De hecho, así lo
recalca el Tribunal al destacar como primer fundamento de derecho la existencia
de “Antecedente inmediato de este Tribunal en un caso idéntico.”
“Así se desprende
tanto de las Resoluciones impugnadas como del contenido de los escritos de
alegaciones. Iguales incluso gramaticalmente, la diferencia observada viene (exclusivamente)
referida a los días para los que estaba convocada la huelga”.
En consecuencia, añade
el TSJ, “por razones de lógica coherencia jurídica nos remitimos a lo dicho
en la anterior sentencia”, que reproduce a continuación.
Valoración de CCOO-Industria
Al igual que el TSJ al
emitirla, para valorar esta sentencia hemos de remitirnos a la valoración que
ya hicimos de la anterior “en un caso idéntico”.
Señalamos entonces que
este sindicato trata siempre de defender los derechos e intereses de todos los
trabajadores en todos los ámbitos, en las mesas de negociación, en la calle o
en los Tribunales de Justicia.
Así, ante los
servicios mínimos abusivos, desproporcionados e injustificados impuestos por
Desarrollo Sostenible en las huelgas convocadas por CCOO en GEACAM en julio y
agosto del año pasado, acudimos a los tribunales para impugnarlos; por
vulneración del Derecho Fundamental de los trabajadores de Geacam a la Huelga.
La Justicia nos da una
y otra vez la razón y condena una y otra vez a la JCCM por los mismos hechos.
Como ya dijimos,
contra esta nueva sentencia condenatoria le cabe al Gobierno de CLM recurrir en
casación al Supremo. No recurrió la anterior y tampoco recurrirá ésta, porque sabe
a ciencia cierta que, amén de perder el recurso, haría el ridículo.
Lo triste -quizá quepa un calificativo jurídico más grave- es que a nuestro Gobierno no le importe imponer servicios mínimos abusivos e injustificados una y otra y otra vez. Resulta desolador, y muy preocupante, que a nuestro Gobierno no le importe incurrir una y otra vez en vulneración de un Derecho Fundamental.