La Guardia Civil detiene a una persona e investiga a otras dos por un delito de maltrato animal y otro de falsedad documental

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Efectivos del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil de Munera han detenido a un vecino de la localidad albacetense de Montalvos de 34 años de edad, como presunto autor de un delito contra la flora, fauna y animales domésticos, tras ocasionar la muerte de, al menos, 280 ovejas y 5 perros. Al detenido también se le imputa un delito de falsedad documental, al haber aportado datos erróneos para la confección de los censos de animales.

Además, se ha investigado a dos personas por su relación directa con la explotación ganadera investigada.

Actuaciones

El pasado mes de marzo, la Patrulla de Servicio de Protección de la Naturaleza (PAPRONA) de Munera recibió una comunicación de un ciudadano que informaba de la presencia de varias ovejas muertas en un corral anexo a una nave agrícola sita en º término municipal de Montalvos.

Personada la patrulla de la Benemérita en dicho lugar, se pudo observar desde el exterior de la explotación los cadáveres dispersos de 9 ovejas, junto a otros 23 animales vivos en malas condiciones higiénico-sanitarias. Una vez fue localizado el dueño, y en su presencia, se realizó una inspección del interior de la nave agrícola y alrededores, encontrando 280 cadáveres de ovejas repartidos por el suelo, así como lo que parecía ser el cadáver de un perro de gran tamaño, en avanzado estado de descomposición, el cual se encontraba atado con una cadena a una viga.

Ante la gravedad de los hechos, los agentes del SEPRONA procedieron al precinto de la instalación con el fin de realizar una inspección junto con personal veterinario de la Oficina Comarcal Agraria de La Roda. Asimismo, se solicitaron datos sobre la explotación al Servicio de Ganadería de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural en Albacete, tras cuyo estudio se constató un delito de falsedad documental, consistente en la aportación de datos erróneos para la confección de los censos de animales, con objeto de cobrar las subvenciones a las que pudiera tener derecho.

 Rápida protección a los 23 animales que quedaban vivos

Tras la realización de la inspección en la explotación ganadera y al objeto de dar la oportuna protección a los 23 animales que quedaban vivos en el exterior de la misma, éstos fueron trasladados, por personal voluntario de la Asociación albaceteña de Arca de Noé, a unas instalaciones adecuadas, quedando a disposición de la Autoridad Judicial.

 En el transcurso de las investigaciones los guardias civiles del SEPRONA pudieron comprobar como al dueño de la explotación le constaban, a su nombre, un elevado número de perros. Si bien la mayoría de ellos no han sido localizados, se puede constatar que al menos 5 de ellos han muerto por no recibir tratamiento veterinario.

Actuación coordinada de Instituciones y la asociación Arca de Noé

Es de resaltar la actuación coordinada entre el SEPRONA, los veterinarios de la Oficina Comarcal Agraria de La Roda, el Servicio de Ganadería de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural en Albacete y la Asociación el Arca de Noé, gracias a lo cual se ha conseguido documentar adecuadamente el delito investigado y poner a salvo a los animales que quedaban vivos.

Diligencias instruidas

Las actuaciones policiales e instrucción de diligencias han sido dirigidas por la PAPRONA de la Guardia Civil de Munera, que fueron puestas a disposición del Juzgado de Instrucción de La Roda, que ha entendido de las actuaciones.

 Así mismo, la Guardia Civil ha confeccionado varias denuncias por infracciones administrativas relacionadas con la sanidad animal.

 Delito de maltrato animal

El maltrato injustificado de animales, por cualquier medio o procedimiento, causándoles la muerte, constituye un Delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos, tipificado en el artículo 337 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y castigado con la pena de prisión de seis a dieciocho meses e inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales. Así mismo, la falsedad documental cometida por particular, se encuentra tipificada en el artículo 392 del Código Penal, castigada con la pena de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

 Para cualquier información relacionada con esta nota de prensa pueden dirigirse a la O.P.C. de la Comandancia de Albacete. Teléfono 967 218600 - Extensión 0210322